Presidente Petro reveló la fecha en la que se votaría la consulta popular: sería el 7 de agosto

El presidente Gustavo Petro confirmó, a través de su cuenta de X, que firmó el decreto que convoca a la consulta popular.


Foto: X @petrogustavo

Noticias RCN

junio 11 de 2025
04:19 p. m.
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El presidente Gustavo Petro confirmó, a través de su cuenta de X, que firmó el decreto que convoca a la consulta popular.

Según el trino del jefe de Estado, “solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente, sean respondidos positivamente por el Congreso, poder constituido legítimo para discutir leyes”.

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Presidente Petro firmó decreto que convoca la consulta popular

El documento, expedido recientemente por la Presidencia, oficializa la fecha del proceso democrático. Sería el próximo 7 de agosto, el día en el que los colombianos serán convocados a participar en una consulta popular nacional, en la que se decidirá el rumbo de 12 propuestas orientadas a la recuperación y fortalecimiento de derechos laborales.

“Convocatoria. Convóquese al pueblo de Colombia a una consulta popular en todo el territorio nacional para que, en ejercicio de su soberanía, el día siete (7) de agosto de 2025 decida si aprueba o rechaza las siguientes preguntas de trascendencia nacional”.

La consulta tiene como eje central una agenda de transformación en materia laboral, impulsada por el Gobierno, y está estrechamente vinculada con los compromisos asumidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.

Las preguntas planteadas giran en torno al reconocimiento y protección de diferentes sectores como trabajadoras domésticas, campesinos, madres comunitarias, personas con discapacidad, jóvenes, trabajadores informales y de plataformas digitales, entre otros.

La decisión de convocar esta consulta se da luego de que el Senado de la República negara el concepto favorable requerido, en una votación marcada por numerosas irregularidades que han sido calificadas por el Ejecutivo como una vulneración al debido proceso legislativo.

Votación de la consulta popular sería el 7 de agosto

El Gobierno alegó la inconstitucionalidad de ese procedimiento parlamentario y, acogiéndose a la excepción de inconstitucionalidad consagrada en el artículo 4° de la Constitución, decidió avanzar con la convocatoria.

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“Excepción de inconstitucionalidad. Con fundamento en lo previsto en el artículo 4 de la Constitución, inaplicar por inconstitucional el acto mediante el cual el Senado de la República, en sesión del 14 de mayo de 2025, decidió dar concepto desfavorable frente a la consulta popular del orden nacional, solicitada por el presidente de la República, con la firma de todos sus ministros, el 1 de mayo de 2025”, se lee en el documento.

El decreto resalta que la consulta popular, además de ser un mecanismo de participación directa, representa una vía institucional legítima para resolver desacuerdos entre el Ejecutivo y el Legislativo en asuntos de alta trascendencia nacional.

Además, aclara que la jornada electoral del 7 de agosto no coincidirá con ninguna otra elección, como lo establece la Constitución para este tipo de procesos. En esa fecha, los ciudadanos podrán pronunciarse sobre las preguntas formuladas y su decisión tendrá carácter vinculante, siempre y cuando se supere el umbral de participación requerido por la ley.

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